LEASING HABITACIONAL

Leasing Habitacional

¿Qué es el leasing habitacional?

El leasing habitacional
es un programa del ministerio de vivienda y urbanismo, (minvu) destinado a la compra de propiedades nuevas o usadas en todo el territorio nacional. La ley que regula y establece qué es y cómo funciona el leasing habitacional, es la ley número 19.281. El Minvu lo define como un programa que programa permite acceder a la oferta privada de viviendas nuevas o usadas de hasta 2.000 UF y 2.200 UF en las regiones del extremo norte y sur (Regiones de Arica y Parinacota, Antofagasta, Atacama, Aysén, Magallanes, Provincia de Chiloé), a través de una sociedad inmobiliaria de leasing habitacional con la cual se celebra un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa. La ley 19.281 por lo tanto es la que regula este programa y su contrato de arriendo con la sociedad inmobiliaria de leasing habitacional, precisando en detalle todos los alcances de este programa; cuentas de ahorro para el arrendamiento de viviendas con promesa de compraventa, define las sociedades inmobiliarias y el rol que juegan en este programa, además el contrato de arrendamiento, seguros asociados y el subsidio habitacional para este tipo de programa de arrendamiento con promesa de compraventa. El minvu establece además cuáles son los requisitos generales para poder optar a este tipo de programa, entre ellos se encuentran, ser mayor de edad, estar inscrito el programa de este subsidio en el serviu, no ser propietario de una vivienda, no haber sido beneficiado anteriormente con vivienda o subsidio habitacional otorgado por el estado, no tener suscrito más de un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa con una o más sociedades inmobiliarias. entre otros requisitos. También establece el paso a paso para quienes deseen optar por este programa de compra, se postula de forma individual, se accede a la propiedad mediante un arrendamiento con promesa de compraventa, una vez enterado el precio prometido de venta, la vivienda se traspasa al arrendatario promitente comprador. La vivienda se paga con el subsidio, aportes contado, y con la parte del aporte mensual que se destina a enterar el precio del inmueble. El aporte mensual considera lo que se destina al arriendo y a lo destinado a enterar el pago del precio de la vivienda prometida a comprar, así como otros cargos convenidos en el contrato, por ejemplo, seguros. El programa está dirigido a personas que pueden pagar un arriendo, pero que no tienen capacidad de generar ahorro suficiente para postular a otros sistemas de subsidio habitacional. Este sistema no exige ahorro previo. Sin perjuicio de ello, la sociedad inmobiliaria podría exigir un aporte contado. El interesado debe financiar los trámites exigidos por la inmobiliaria. Sobre el Subsidio La postulación permite optar a un apoyo estatal para comprar una vivienda económica que se está arrendando, pero que tiene promesa de compraventa, de hasta 140 m2 construidos, terminada (nueva o usada) y con recepción municipal. El subsidio varía entre 125 y 425 Unidades de Fomento (UF). Para obtener el subsidio, debe existir un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa de una empresa o sociedad inmobiliaria regida por el título II de la Ley N° 19.281, referida a leasing habitacional. El monto del subsidio fluctúa de acuerdo con el precio de la vivienda y la comuna. Al valor de la vivienda se le descuenta el valor total del subsidio, el cual es pagado de una sola vez por parte del SERVIU. Para más información sobre cómo comprar tu casa con leasing habitacional contáctanos.

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